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Programa alternativo otorga hasta 3,000 dólares para propietarios de casa


Instructora de bienes raíces en el Colegio de Santa Ana
        


El Departamento del Tesoro presentó un programa alternativo viable, proporcionando a los propietarios de casa que no pueden retener su propiedad a través de los programas de modificación, a considerar el HAFA (Programa de Alternativas para evitar la Ejecución Hipotecaria) para evitar la ejecución hipotecaria. El HAFA entra en efecto el 5 de abril y expira el 31 de diciembre de 2012.

El HAFA provee incentivos para ayudar a que los propietarios de casas que no puedan cumplir con los requisitos para obtener una modificación accesible opten por una venta corta/ short sale o escrituras en lugar de reposesión para evitar la ejecución hipotecaria.

Si usted cumple con los requisitos para estos programas alternativos del HAFA a través de la venta corta, las entidades bancarias se comprometerán a aceptar menos del balance total de su deuda y ofrecerle hasta 3,000 dólares por gastos de mudanza. Bajo el HAFA se requiere que el banco exonere al propietario de la responsabilidad financiera sobre la “NOTA” en el préstamo hipotecario principal y el banco se comprometerá a no ir detrás del propietario por la diferencia del balance pendiente, ni requerirá de contribución alguna por parte del propietario de casa.

Con este programa, el HAFA se propone estimular las ventas cortas y escrituras en lugar de la ejecución hipotecaria permitiendo a las familias y servidores evitar el proceso de ejecución hipotecaria que son muy costosos, así como minimizar el impacto negativo de las ejecuciones hipotecarias sobre los prestatarios, instituciones financieras y las comunidades.

El HAFA simplifica y agiliza el proceso de venta corta proporcionando procedimientos, plazos, documentación estándar y efectivos. Usted cumplirá con los requisitos, bajo las reglas de Fannie Mae, para comprar otra casa en dos años en lugar de los cinco a siete años si su informe de crédito no refleja reposición.

“Escrituras en lugar de la ejecución hipotecaria” es un instrumento en el cual el deudor hipotecario (prestatario) transfiere todos los intereses de una propiedad hacia el acreedor hipotecario (prestamista) para satisfacer un préstamo que está en incumplimiento, y evitar por consiguiente el proceso de embargo. La ventaja principal es que el deudor queda liberado de las deudas asociadas con el préstamo hipotecario en referencia.

Los procedimientos de la venta corta son un poco complejos, por eso es muy importante que usted reúna toda la información que pueda antes de tomar una decisión final sobre cuál de las opciones sería la más asertiva para usted. Es recomendable que obtenga toda la orientación y asesoría necesarias de un profesional especializado que sea experimentado y con amplio conocimiento en ventas cortas para saber cuál de las alternativas es la más conveniente y favorable para usted.

Recuerde que también está a su favor la ley del alivio tributario de la cancelación de la deuda hipotecaria, que se decretó el 20 de diciembre de 2007. Esta ley tiene el propósito de ayudar a todos aquellos propietarios de casas que por razones financieras han sido afectados, permitiéndoles bajo esta ley la exclusión del ingreso realizado como resultado de la modificación de los términos/condiciones de la hipoteca, o la ejecución de hipoteca en su residencia principal.

Actúe inmediatamente si esto le está sucediendo, o, si está en una situación similar. ¡El tiempo pasa muy rápido! No sólo tendrá menos tiempo para reaccionar sino que también menos posibilidades y soluciones para trabajar con ellas y evitar la ejecución hipotecaria de su propiedad.